¿LAS PENSIONES, UN BENEFICIO O UN SACRIFICIO?. Por María Verónica López Montaña

En algún momento de su vida se ha preguntado ¿Qué será de su vida cuando llegue a una edad donde no pueda trabajar y no tenga con que mantenerse? Buena pregunta, ¿cierto?

Opinión05/11/2022EditorEditor

Dirá usted he laborado toda la vida y creo que tengo un derecho que es una pensión, el cual me descuentan una parte y la otra la paga la entidad para la cual trabajo. Sin embargo, ¿ya tiene claro que requisitos debe cumplir?, ¿en cuanto tiempo empieza a beneficiarme? Bueno pues hace un tiempo nació esta inquietud en mi cabeza y hoy decidí realizar este articulo basándome en varias investigaciones para aclararles e informarnos todo respecto al tema. 

Pero primero debemos entender que significa eso de pensión, de donde nace y para qué; según el diccionario Oxford laguages, define pensión como: Cantidad de dinero que un organismo oficial paga a una persona regularmente como ayuda económica por un motivo determinado. “pensión de jubilación". En Colombia se le llama pensión de vejez, y según la entidad protección se denomina a esto como: 

La pensión por vejez es un ingreso mensual de por vida que obtienes al cumplir 62 años si eres hombre, o 57 si eres mujer, siempre y cuando lo que hayas cotizado durante tu vida laboral permita financiar una pensión de por lo menos 1 salario mínimo. 

Bueno ya sabiendo que es una pensión y uno de sus principales requisitos que es la edad, entro en contexto y les expongo los principales objetivos por el cual decidí realizar este articulo:

1.    Analizar por qué la edad para conseguir una pensión en Colombia, no es tan conveniente para el ciudadano. 

Indagando en internet, viendo videos, artículos y otros textos, definí que todo esto depende mucho de la calidad de vida del ciudadano colombiano, uno de los requisitos es cumplir una mayoría de edad, el cual me parece muy largo y no se aprovecharía del goce y disfrute de la misma. Esto viéndolo desde el punto de vista del estilo de vida para poder llegar a disfrutar de una pensión. Y lo hablo no solo por las nuevas enfermedades que han invadido al mundo entero, las virosis, el estado de ánimo, los problemas económicos, el exceso de estrés, la falta de trabajo, la alimentación sana y balanceada y absolutamente todo el sinnúmero de problemas que dejó esta pandemia, sino por todos los problemas que han ocasionado que el estilo de vida haya desmejorado mucho más de lo que ya estaba. ¿Y por qué el estilo de vida es importante para conseguir una pensión? Según la revista en un estudio que realizo para el primer trimestre de este año, nos muestra cifras donde nos indican que el nivel de pobreza para los colombianos se ha incrementado en casi (10%) diez por ciento y que podría seguir en  el estilo de vida no es el mas adecuado, y no habrá una sana alimentación, se laborarán mas horas al día para poder ganar un poco mas de dinero, los niveles de estrés y todo lo que ya nombre anteriormente, harán parte para que la salud del ciudadano, se vea comprometida y empiece la batalla referente al sistema de salud que está en estado de coma en este país. Por lo tanto, muchos no alcanzan al disfrute de este beneficio, o si en algún caso logran llegar no tendrán la salud y bienestar adecuado. La calidad de vida también depende de los ingresos que reciben los ciudadanos para su sostenimiento y subsistencia, según la revista semana en un artículo publicado el 23 de abril de 2022, nos informa que hay menos dinero para el gasto en la alimentación, esto debido al alza drástica en el valor de los alimentos, servicios y absolutamente todo lo que concierne a la canasta familiar. Dentro de las encuestas indican que de cada 10 colombianos 7 se encuentran en la pobreza. Por lo tanto, el ciudadano ahora tiene que apretarse el cinturón, reestructurar su lista de alimentos y comprar lo más necesario.

Se que esto de la calidad no es algo tan fundamental para lograr o no una pensión, si embargo, siento que esto de la edad y vuelvo e insisto, la calidad de vida es fundamental para el goce y disfrute de la misma, por lo cual lo refiero en este artículo.

2.    El segundo tema que me parece importante y que es necesario que conozcamos es referente a todo lo que implica con el pago de dicha pensión. 

Encontramos que el servicio público de carácter obligatorio a cargo del Estado, y por ello este tiene facultad para reformar el sistema pensional, lo que puede llevar a crear situaciones más gravosas para acceder a la pensión (Flores Hernández, 2011).

Hoy en día las empresas y los empleados están obligados a pagar cada un porcentaje y así acumular una serie de semanas y sumar un valor para poder adquirir en un tiempo una pensión. Aunque las empresas realizan estos, las entidades que vigilan y se dedican al manejo de este ahorro, han sufrido por el mismísimo gobierno y su mal manejo de recursos y se ha convertido en un método de desahogo y de corrupción por parte de deudas del mismo estado. 

“Toda persona tiene derecho a la pensión en Colombia. Este es uno de esos derechos que podría decirse no es tan fundamental. Se asocia con el derecho al trabajo y su asociación a la protección laboral de una persona.

El derecho a la pensión está establecido bajo los parámetros de un Estado Social de Derecho, el cual asegura el descanso remunerado y digno de una persona como producto de largos años de trabajo continuo y prolongado. Lo anterior es algo realmente positivo en Colombia, pero, realmente, se cumple lo dicho allí.

En el país, este derecho precisamente es el más cambiante y problemático, puesto que las cifras no son para nada concluyentes en favorecer al derecho a la pensión, pues son cada día más pocos los colombianos que logran acceder a ella a pesar de sus esfuerzos para conseguirla durante su vida.

Los requisitos para acceder a este derecho, según el artículo 33 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 9° de la Ley 797 de 2003 en el Régimen de Prima Media con Prestación Definida, que rige al Seguro Social, son los siguientes:

Haber cumplido 57 años de edad si es mujer y 62 años si es hombre.

Haber cotizado un mínimo de semanas, así: 1.200 en 2011, 1.225 en 2012, 1.250 en 2013, 1.275 en 2014 y 1.300 a partir de 2015.

El fin de este derecho, resalta la Defensoría del Pueblo, es garantizar la dignidad humana, el mínimo vital, la seguridad social y la vida digna. Todos los años, el tema pensional está en la agenda de los gobernantes, sin embargo, no hay claridad en su definición actual.

Derecho a la Pensión en Colombia por Invalidez

Otra forma de acceder a la pensión es por invalidez. Esta se da cuando la persona por un accidente pierde más del 50 por ciento de su capacidad laboral. Pero, para acceder a ella, el trabajador debe haber cotizado antes más de 50 semanas. Para los jóvenes menores de 20 años, deben haber cotizado más de 26 semanas. © Copyright 2010 - 2022 Colombia Legal Corporation”•.

(Corporation, 2016)

Según estos datos, para muchos es exorbitantes y muy poco favorables para acceder a ellos. Sin embargo, el estado cada día ha ínsita más a que todas las personas puedan acceder a una pensión, por medio de reformas, donde busca sancionar a las empresas y ahora mucho mas con la UGPP, quien es el organismo que vigila todo esto de los pagos a seguridad social y otros. 

La página Actualícese nos dan el siguiente indicador: “Según cifras de la Fiscalía, hay 2.969 personas judicializadas por el delito de corrupción, cuyas cifras ascienden a los 4,7 billones de pesos. Entre las cifras a tener en cuenta están los 369 casos que han dejado 170 capturas y 288 imputaciones. Adicionalmente, se han producido 53 condenas. El monto al que ascienden las investigaciones por corrupción en el sistema de pensiones es de 1,2 billones de pesos. y peor aún: “El reconocimiento de pensiones a personas sin derecho o por montos superiores a su derecho, o por inversiones fallidas consumió las pocas reservas existentes”, dijo Riveros en su intervención durante la realización del seminario Prevención e Investigación frente al Fraude Pensional y Seguridad Social. Añadió que “las pensiones dependen casi completamente del presupuesto nacional”. (Actualícese, 2019).

Y así vemos que uno de los problemas mas grandes que abarcan en nuestro país y que de paso afecta a las pensiones, es el tema de la corrupción. A lo largo de muchos gobiernos, cientos de entidades han sido liquidadas, dejando en la quiebra a muchos pensionados, y lo peor el futuro de los que ahorraban sus pensiones. 

Según la página Corruplandia, dentro de su artículo el oscuro manto de la corrupción que cubre las pensiones, no cuenta lo siguiente: “ En la página de la Unidad de Gestión de Pensión y Parafiscales (UGPP), entidad adscrita el Ministerio de Hacienda se detallan todas las administradoras de recursos creadas o encargadas del pago de prestaciones sociales a ex trabajadores de entidades que fueron liquidadas, donde figuran además, Caprecom, Inravisión, Inat, Minercol, Instituto de Seguros Sociales, Ministerio de Obras Públicas, Intra y Corelca, entre otras. Para el año 2013, se contabilizaban 40 entidades del orden nacional liquidadas o en proceso de liquidación, con 341.026 pensionados a lo largo del país. El gasto en transferencias con cargo a la Nación para el pago de pensiones públicas, incluyendo los regímenes especiales del Magisterio, universidades, Congreso de la República, Fuerza Pública, el Fondo de pensiones del orden territorial Fonpet y el Fondo nacional Fopep, fue de $1.185.640, es decir el 3,4% del PIB y el pasivo pensional fue cercano al 130% del PIB en el año 2017 y se ha mantenido con mínimas variaciones a la fecha. Sin embargo, lo que salta a la vista es que la forma equívoca en que se realizaron las liquidaciones de entidades estatales para entregarlas en concesión a privados como es el caso de Telecom o los puertos marítimos, o la transformación de entidades públicas; tienen hoy contra la pared al sistema de pensiones del país. (Ajaib, 2021)

Han sido muchos los cambios que el gobierno ha hecho referente a las pensiones las cuales se han visto vulnerados los derechos de los colombianos. Sin embargo han dado muchos los intentos de tratar de arreglar el asunto, pero siempre el gobierno ha intervenido cada vez es peor el avance de mejora.

Siguiendo el articulo nos indica: “Según un estudio de la Cepal el sistema de pensiones colombiano se estableció en 1993, con dos regímenes paralelos: Prima Media (RPM) y Ahorro Individual (RAIS). Los trabajadores afiliados al RPM pueden obtener la pensión a los 57 años (mujeres) y 62 (hombres), siempre y cuando hayan cotizado durante 1.300 semanas. En el RAIS los aportes, así como los rendimientos obtenidos, alimentan una cuenta individual. El monto ahorrado determina la pensión. Además, existe un sistema de pensiones no contributivo, Colombia Mayor. El RPM es administrado principalmente por Colpensiones”. 

Otro de los problemas que abarcan las pensiones, es el de que los empleadores, no quieren cumplir con este derecho para sus trabajadores, Según El sistema pensional actual, Uno de los principales problemas es el de la cobertura pensional, pues según el Dane, entre enero y octubre de 2020, el 48,6% de los colombianos ganaba menos de un salario mínimo, por lo que están excluidos por la ley del sistema pensional. Y la informalidad de los trabajadores colombianos ascendió a 48,1% en las 23 ciudades y áreas metropolitanas, es decir, no cotizan para pensión, pues a duras penas sobreviven.  

Y este tema si es que es de mas importancia y no solo por que es la pensión, sino porque también está involucrado el derecho al pago de salud (y eso que este lo paga el trabajador), también es el estar vinculado a una entidad de riesgos laborales, y caja de compensación.   

Según la reforma pensional que propone Fedesarrollo tiene varios puntos claves y es el de acabar con el Régimen de Prima Media (RPM) y establecer un sistema de protección a la vejez, de la siguiente manera:

·       a.) un primer pilar que entregaría $412.000 mensual a todo adulto mayor de 65 años.

·       b.) un segundo pilar de ahorro individual en programas que serían producto de negociaciones colectivas sindicales y

·       c.) un ahorro voluntario individual como el que ya existe. 

Es un tema muy largo y complejo, pero que en algún momento nos va a tocar y es ahí cuando nos vamos a ver afectados. 

Por lo tanto, mi animo es darles a conocer un poco de este tema que, aunque creemos que es solo un pago que realizamos mensualmente entre empleador y trabajadores o también los aportes voluntarios, y que cuando cumplamos unos requisitos entonces nos beneficiaremos con este ahorro. 

El ministerio de salud y protección social en su pagina define el sistema General de pensiones: “El Sistema General de Pensiones tiene por objeto garantizar a la población, el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones que se determinan en la presente ley, así como propender por la ampliación progresiva de cobertura a los segmentos de población no cubiertos con un sistema de pensiones.” Y se divide en dos regímenes:  

a) Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida administrado por COLPENSIONES, mediante el cual los afiliados o sus beneficiarios obtienen una pensión de vejez, de invalidez o de sobrevivientes, o una indemnización, previamente definida, de acuerdo con lo previsto en la Ley.

b) Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad es administrado por las sociedades administradoras de fondos de pensiones (AFP), el cual está basado en el ahorro proveniente de las cotizaciones y sus respectivos rendimientos financieros, la solidaridad a través de garantías de pensión mínima y aportes al fondo de solidaridad.

A cuál de estos dos usted podría ubicarse. 

Que beneficios trae el estar afiliado y cotizando: El Sistema General de Pensiones protege no sólo al afiliado cotizante en su vejez, sino también a su núcleo familiar en caso de fallecimiento del afiliado cotizante, mediante el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes de vejez o invalidez, prestación ésta que tiene por finalidad proteger a los miembros del grupo familiar del causante del posible desamparo al que se pueden enfrentar por razón de su muerte, de esta manera, con la pensión de sobrevivientes se pretende garantizar a la familia del causante el acceso a los recursos necesarios para garantizar una existencia digna y continuar con un nivel de vida similar al que poseían antes de su muerte, de esta manera las cotizaciones no deben ser asumidas solamente como una obligación, sino como un ahorro que garantiza protección para el cotizante en su vejez o invalidez y la de su núcleo familiar en caso de fallecimiento. 

Cuáles son las garantías para los afiliados: 1) Pensión de Vejez, 2) Pensión de invalidez. 3) Pensión de sobrevivientes, e indemnización sustitutiva o devolución de saldos, auxilios funerarios. Estos son los casos en los cuales el estado presta para el ahorro que usted y yo estamos invirtiendo. 

Recordar también que, si usted labora mediante contrato de trabajo o como servidor público, está obligado a estar afiliado y pagar, mientras que los trabajadores independientes, y extranjeros harán sus pagos voluntariamente. Esta afiliación se hará bien sea por medio de la empresa donde labora la persona o esta misma en el caso de ser independiente, se podrán acercarse a una administradora de pensiones, diligencia un respectivo formulario de vinculación, y así quedara afiliado. En el momento en que la administradora lo registre, este ya queda vinculado. En el trascurso de la vida laboral en el caso de que deje de realizar el pago, no pierde la vigencia que llevaba hasta el momento, solo pasa a ser afiliado inactivo, pero a la hora de reingreso, entonces se retomara su usuario que lleva hasta el momento. Solamente podrá estar vinculado a una sola administradora, el sistema no lo dejará estar vinculado en varias plataformas. Solo se podrá trasladar para otra administradora cuando lleve más de seis (6) meses registrado, el interesado realizará su solicitud y esperar al cabo de 30 días calendario para dar cumplimiento a su requerimiento. 

La base para cotizar será como mínimo el dieciséis por ciento (16%), del salario o ingreso, donde el 75% lo cancela el empleador y el 25% el trabajador. Aquellos que tengan un ingreso mayor a 4 SMMLV, tendrán que aportar un valor adicional según su ingreso base a cotización, el cual será destinado para el Fondo de solidaridad pensional. De igual manera no solo se deberá cotizar al sistema de pensiones, también lo deberá hacer a Salud en el régimen contributivo sobre la misma base. Este pago se realizará mediante las plataformas de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes PILA, electrónicamente. 

Este es un breve resumen en general de lo que es el sistema pensional, las obligaciones, derechos, pagos y como realizarlos. 

¿Cuántos son los afiliados?

La estadística según La Republica dentro de su artículo, del 11 de julio de 2022, nos muestra la siguiente imagen: 

“El informe de cifras del sistema, que publica mensualmente la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) dejó ver que, gracias a la buena dinámica del mercado laboral en el último año, más personas siguieron vinculándose al sistema general de pensiones, que alcanzó los 25,05 millones de afiliados con corte a abril, 903.993 más que en el mismo periodo de 2021”. (SIERRA, 2022)

Últimamente las empresas se han visto más en la obligación de afiliar a su personal y de pagarles según su labor. De igual manera el gobierno a incentivado a que el trabajador independiente tenga la responsabilidad de pagar por sus servicios y realizar sus aportes al sistema de salud y pensiones. De esta manera aumenta las garantías para aquellos que ya están llegando a pensionarse y empezar a recibir este beneficio, pero de igual manera para aquellos que aun no lo han logrado, muchas veces se convierte en un sacrificio, por que muchas veces no se puede llegar a obtener. 

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ARTICULO PARA INVESTIGACION 2

¿LAS PENSIONES, UN BENEFICIO O UN SACRIFICIO?

MARIA VERONICA LOPEZ MONTAÑA

DOCENTE:

DIEGO ALFONSO AVILA

FUNDACION UNIVERSITARIA DE SANGIL “UNISANGIL”

PROGRAMA: INVESTIGACION 2

CAMPUS YOPAL, CASANARE

2022

BIBLIOGRAFIA

 

-       https://www.colombialegalcorp.com/blog/derecho-a-la-pension-en-colombia/
-       https://actualicese.com/monto-al-que-ascienden-investigaciones-por-corrupcion-en-sistema-pensional-es-de-12-billones-de-pesos/
-       http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0120-38862020000100029&lang=es
-       https://www.proteccion.com/contenidos/home/personas/cesantias/
-       https://www.semana.com/economia/articulo/el-sistema-pensional-cada-vez-recurre-mas-a-la-justicia-que-esta-pasando/202200/
-       https://corrupcionaldia.com/el-oscuro-manto-de-corrupcion-que-cubre-las-pensiones-de-extrabajadores-de-entidades-liquidadas-hace-mas-de-30-anos/
-       https://www.minsalud.gov.co/proteccionsocial/RiesgosLaborales/Paginas/sistema-general-pensiones.aspx
-       https://www.larepublica.co/finanzas/afiliados-al-sistema-pensional-llegan-a-25-millones-y-73-estan-en-los-fondos-privados-3400845

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